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Incentivos

Incentivos Regionales

Los incentivos regionales son ayudas financieras (i.e. subvenciones a fondo perdido, subvenciones para la amortización de préstamos, bonificaciones de la cuota empresarial por contingencias comunes de la Seguridad Social) de finalidad regional que concede el Estado, de acuerdo con los límites y requisitos establecidos por la Unión Europea, a la inversión productiva para fomentar el desarrollo de la actividad empresarial en determinadas zonas del territorio español, a fin de contribuir a reducir los desequilibrios interterritoriales y a reforzar el potencial endógeno de las regiones más desfavorecidas.

La definición concreta de las zonas promocionables y de los límites máximos de financiación, así como de los requisitos específicos sobre sectores económicos, inversiones subvencionables y condiciones, se regulan en los respectivos Reales Decretos de Delimitación de Zonas de Promoción Económica (RDZPE).

Los mencionados reales decretos se elaboran teniendo en cuenta el contenido de las “Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional para el período 2007-2013”, aprobadas por la Comisión Europea, y en base a las cuales la Comisión establece un mapa de ayudas para cada Estado Miembro.

En relación con la elaboración de dicho mapa, ha de tenerse en cuenta que, (i) como consecuencia del denominado “efecto estadístico” producido por la incorporación a la UE de nuevos estados, así como (ii) del desarrollo económico acontecido en los últimos años en España, ciertas regiones, consideradas subvencionables en el anterior período 2000-2006, o bien han superado el umbral de renta establecido para poder volver a ser consideradas regiones subvencionables, o bien se han visto reducidos los límites máximos de los incentivos que pueden otorgarse a los proyectos de inversión que se ejecuten en ellas.

Para paliar los efectos negativos de esta situación, en el Mapa de ayudas de finalidad regional para España (2007-2013) la Comisión ha contemplado dos subperíodos o trienios (2007-2010 y 2011-2013), asignándose en el primero de ellos, para las regiones afectadas por el referido “efecto estadístico”, unos límites de ayuda superiores a los del segundo.

De acuerdo con el Mapa, las regiones españolas en las que se admite la concesión de mayores incentivos, que pueden alcanzar hasta un 40% de la inversión considerada subvencionable, son las Comunidades de Extremadura y Canarias. Andalucía ha visto reducido el porcentaje inicial del 40 % al 30 % de la inversión neta subvencionable a partir del 1 de enero de 2011 y hasta el 31 de enero de 2013. También se mantienen en un puesto destacado las Comunidades de Castilla-La Mancha y Galicia, al admitirse el otorgamiento de ayudas de hasta del 30% de la inversión considerada subvencionable.

En el marco creado por las “Directrices sobre ayudas de Estado de finalidad regional para el período 2007-2013” y por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, de desarrollo de la Ley de Incentivos Regionales de 27 de diciembre de 1985, el Gobierno aprobó a lo largo del año 2007 y 2008, varios Reales Decretos de delimitación de las denominadas Zonas de Promoción Económica, para adecuarse a los límites fijados por la normativa comunitaria, así como al contenido del Reglamento. Asimismo, tal y como estaba previsto normativamente, se ha visto modificado el porcentaje máximo de ayuda sobre la inversión aprobada que podrá concederse en determinadas zonas de promoción económica desde el 1 de enero de 2011 (i.e. Principado de Asturias, Murcia, Ceuta y Melilla cuyos porcentajes pasan del 30% al 20% mediante la oportuna modificación de Real Decreto de delimitación).

En todo caso, durante este período, se sigue considerando como regiones no subvencionables, de acuerdo con la normativa estatal de incentivos regionales, la Comunidad Autónoma de Madrid, el País Vasco, Navarra, La Rioja, Cataluña y las Islas Baleares.

Con carácter general, se consideran proyectos subvencionables los dirigidos a la (i) creación de nuevos establecimientos que generen nuevos puestos de trabajo; (ii) ampliación de las actividades existentes o iniciación de nuevas actividades en el mismo establecimiento; y (iii) modernización del negocio. Estos proyectos deben referirse a un sector y actividad promocionable y localizarse en una de las áreas designadas en los respectivos RDZPE.

Gran número de Comunidades Autónomas españolas proporcionan, a escala más reducida, incentivos similares a los anteriormente descritos para las inversiones realizadas en su territorio correspondiente.


Para ampliar información, acceda a la versión larga de nuestra Guía de Negocios online:

Ayudas e incentivos a la inversión en España

 

Elaborado por:

GARRIGUES

 


Última actualización: 29|09|2011

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