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Sin perjuicio de lo establecido en al apartado 6.1 anterior en relación con la obtención del permiso de trabajo y residencia, los extranjeros que puedan permanecer en territorio español, aquéllos con expediente administrativo de extranjería y aquellos que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionen con España, deben obtener un número personal, único y exclusivo: el NIE.
El NIE se otorga por la Dirección General de la Policía a solicitud del interesado. Este número deberá figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten, así como las diligencias que se estampen en su pasaporte o documento análogo.
Para la asignación del NIE, el interesado deberá presentar los documentos que se describen a continuación en la Oficina de Extranjeros o en la Comisaría General de Extranjería y Documentación de la Policía del lugar en el que tenga fijado su domicilio, además de tener que justificar que no se encuentra en España en situación irregular:
Para el caso de aquellos interesados en obtener el NIE que no puedan personarse ante las autoridades competentes en España por encontrarse en su país de origen, existen asimismo dos posibles alternativas:
El plazo para la obtención del NIE está comprendido entre 25 y 30 días como máximo.
Formulario solicitud NIE
(477kb.)
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Última actualización: 24|02|2010

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