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Acrónimo de Acuerdo de Protección y Promoción Recíproca de Inversiones. Los APPRIs son tratados bilaterales suscritos entre dos Estados para crear, recíprocamente, unas condiciones de seguridad a las inversiones realizadas por los residentes de uno de los países en el otro. Estos acuerdos garantizan, básicamente, el derecho de propiedad, la libre transferencia de rendimientos y de la desinversión, la no discriminación y el establecimiento de un mecanismo para solucionar las controversias surgidas entre el inversor extranjero y el país destinatario de la inversión.
España tiene firmados acuerdos de esta naturaleza con cerca de 70 países, por medio de los cuales el inversor español se beneficia de una serie de derechos adicionales a los que ya ofrece la legislación del país receptor de la inversión. Estos acuerdos protegen a la empresa inversora una vez establecida en el país destinatario, pero también proporciona ventajas en la fase de establecimiento. Los riesgos asegurados que se contemplan son los derivados de: expropiación y nacionalización, pérdidas derivadas de conflictos armados y otras circunstancias equivalentes y transferencias de los rendimientos de la inversión y de otros pagos conexos con la misma.
Última actualización: 10|12|2008

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