El contribuyente tiene su residencia en territorio español cuando permanece más de 183 días, durante un año natural, en territorio español, o cuando se encuentre en España el núcleo principal o la base de sus actividades empresariales o profesionales o de sus intereses económicos.
Trabajadores desplazados al extranjero: la normativa del IRPF establece una exención cuantitativamente muy importante relativa a los rendimientos del trabajo percibidos por trabajadores que, siendo residentes fiscales en España, desarrollen trabajos en el extranjero para una empresa o entidad no residente o un establecimiento permanente radicado en el extranjero. Dicha exención se aplicará hasta un importe de 60.100 euros anuales siempre que se cumplan ciertos requisitos.
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