Nuevo régimen para las inversiones extranjeras directas en España

Se ha modificado el actual modelo de control para acelerar la aplicación del Reglamento de la UE

Como consecuencia del fuerte impacto que está teniendo sobre la economía española y mundial la crisis sanitaria creada por el COVID-19, se están registrando caídas generalizadas en los mercados bursátiles mundiales. Así, un buen número de empresas tanto cotizadas como no cotizadas están viendo reducirse su valor de forma muy significativa, por lo que podrían ser objeto de operaciones de adquisición por parte de inversores extranjeros. Este riesgo suscita especial preocupación respecto a compañías que operan en sectores que se consideran estratégicos por afectar su actividad, directa o indirectamente, a la seguridad o al orden público.

La Comisión Europea ha alertado de este riesgo, en especial en la actual coyuntura, y ha instado a los Estados miembros, que actualmente no disponen de un mecanismo de control, o cuyos mecanismos de control no cubren todas las operaciones pertinentes, a que establezcan un mecanismo de control completo para abordar los casos en los que la adquisición o el control de una determinada empresa, infraestructura o tecnología pueda suponer un riesgo para la seguridad o el orden público en la UE en su conjunto o, en particular, en cada uno de los Estados miembros.

(14 Estados miembros tienen mecanismos de control: Dinamarca, Francia, Italia, Alemania, Letonia, Lituania, Hungría, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Finlandia, y España).

Por ello, España ha decidido acometer con urgencia la modificación de su actual modelo de control de las inversiones extranjeras y acelerar la aplicación del Reglamento (UE) 19/452 de 19 de marzo de 2019 para el control de las inversiones extranjeras directas, un reglamento que en cualquier caso tendrá que ser de aplicación directa el 11 de octubre de 2020.

Este Reglamento, que faculta a los Estados miembros a examinar las inversiones dentro de su ámbito de aplicación por motivos de seguridad u orden público, y a adoptar medidas para hacer frente a riesgos específicos, se adoptó por los Estados Miembros ya hace un año en respuesta a la necesidad de aunar, por un lado, la apertura a la inversión extranjera en la que la UE cree y defiende y, por otro, la importancia de contar con instrumentos de control adecuados para hacer frente a los riesgos que puede generar para la seguridad o el orden público la adquisición de empresas europeas que operan en sectores estratégicos por parte potencias extranjeras. Con estos mecanismos de control, la Unión Europea se equipara más con otras grandes potencias mundiales que ya disponen de mecanismos de control de la inversión extranjera directa, como Estados Unidos, Japón o Australia.